SE RECUERDA LA VIGENCIA DE LA ACORDADA NRO. 1049/2016, SOBRE EXPEDICIÓN DE PERMISO DEL MENOR

El Departamento de Identificaciones por Resolución N° 46/2022, de fecha 28.03.2022, recuerda la vigencia de la Acordada N° 1049/2016 emanada de la excelentísima Corte Suprema de Justicia, para la expedición del permiso de menor, por la cual se establece que a partir del día lunes 04 de abril del año 2022, para solicitar Pasaporte a niños, niñas y adolescentes, el permiso del menor debe ajustarse a lo dispuesto por dicha acordada.

Resolución Nro. 46/2022 D.I.P.N.

Para las autorizaciones de viajes de niños, niñas y adolescentes que irán al exterior los trámites deben hacerse en el Juzgado de Paz que corresponda a la ciudad o barrio en que resida, y posteriormente en el Palacio de Justicia se hará la legalización del documento. Cabe resaltar que estos trámites gestionados ante la Corte Suprema de Justicia son gratuitos.

Los interesados en solicitar la mencionada documentación deben acudir al juzgado de Paz que corresponda a la ciudad o barrio donde reside, presentar el certificado de nacimiento del niño, niña o adolescente y cédula de identidad civil, tanto originales como fotocopias.

De la misma manera, ambos padres deben llevar sus respectivos documentos de identidad civil (originales y fotocopias). Posteriormente, se procede a llenar un formulario denominado “Autorización para viaje al exterior”, el cual debe ser firmado por los mencionados, el acompañante en caso de que el menor viaje solo, y el juez.

El permiso de menor debe estar ajustado en lo establecido en la Acordada N° 1049/2016.